¿Eres inquilino? ¿tienes un piso alquilado?

Si eres un inquilino o tienes un piso alquilado, OLVÍDATE DE LOS PROBLEMAS.

Por lo general el propietario debería de tener contratado un seguro para la vivienda (tuberías, cristales, instalación eléctrica, etc.) y los muebles y electrodomésticos que deja para el uso del inquilino. Pero ¿QUIEN GARANTIZA TUS PERTENENCIAS (televisión, ordenador, muebles, ropa, equipos de música, etc.)? Y muy importante ¿QUIEN GARANTIZA LOS DAÑOS QUE PUEDAS OCASIONAR TANTO AL RESTO DE VECINOS, COMO A LA VIVIENDA Y AL MOBILIARIO DEL PROPIETARIO?

A continuación resaltamos algunas de las garantías más significativas a tener en cuenta para hacer frente  al desconocimiento general y así prevenir y  garantizar TÚ patrimonio.

¿QUÉ GARANTIZAMOS AL TENER CONTRATADO UN SEGURO?

Si TÚ como inquilino te dejas puesta una sartén al fuego y provocas un incendio o si te dejas por ejemplo un grifo abierto o si se te cae algo del balcón para abajo y produces algún daño, ¿quién se hace cargo de todos los gastos? Pues TÚ, que has sido el responsable. Independientemente de que el dueño tenga su seguro, te van a pedir a ti las responsabilidades…

¿Y si entran a robar en la casa en la que estás de inquilino y se llevan tus objetos personales? Tablet, ordenador, o lo que sea que se lleven que sea tuyo, el seguro del dueño tampoco se va a hacer cargo…

¿Sabías todo esto?

Nos estamos encontrando con un montón de casos en los que ocurren daños y los inquilinos se quedan muy sorprendidos cuando se les reclaman los gastos, porque realmente desconocen todo esto.

Además Salamanca es una ciudad en la que hay un montón de pisos alquilados y este tipo de seguros está entre los 95 y 110 € al año, realmente ¿piensas que es dinero para la tranquilidad que te puede proporcionar?

Los propios dueños también deberían estar informados, pues si sus inquilinos no tienen este seguro y les producen daños en su vivienda, su seguro se puede hacer cargo (dependiendo de la compañía y coberturas, pero se lo va a recobrar al inquilino)

Hemos visto casos de nominas embargadas de por vida, siniestros que no te imaginas que te puedan ocurrir a ti, familias que no pueden hacer frente a los gastos que han ocasionado “casi sin saberlo”, pues no es tan raro que se prenda una sartén, que sin querer se caiga algo que tienes en el balcón, o que el grifo quede un poco abierto y produzcas una inundación y lo que no entendemos es cómo puede haber tanta desinformación sobre este tema.

Las coberturas de este seguro de Hogar – inquilinos son las siguientes:

Responsabilidad civil

  • El pago de los daños materiales o corporales que se ocasionen  a terceras personas y a sus bienes derivados de un siniestro.
  • El pago de los daños materiales o corporales que se ocasionen a terceras personas y a sus bienes producidos por animales domésticos (excluidos perros de raza peligrosa, los cuales tienen que estar declarados específicamente).
  • El pago de los daños materiales o corporales que se ocasionen a terceras personas y a sus bienes producidos durante la práctica del deporte como aficionado.

Robo

  • Mobiliario, dinero en efectivo, joyas hasta el límite indicado en las condiciones particulares.
  • Robo en la calle de dinero efectivo y bienes hasta el límite indicado en las condiciones particulares.

Incendio

  • Mobiliario particular (el del propietario estaría cubierto por la Responsabilidad Civil) hasta el límite indicado en las condiciones particulares.

Gastos

  • Gastos de bomberos, salvamento, desescombro, demolición, reconstrucción de documentos, desbarre, etc. por un siniestro garantizado por la póliza.

Inhabitabilidad temporal

  • Si por un siniestro garantizado en póliza la vivienda alquilada resulta totalmente inhabitable de forma temporal, se ofrece el alquiler de otra de similares características en la misma población.

Defensa jurídica

  • Hasta el límite de 3.000 €.